Licencias de obra: como obtenerlas

Licencias de obra: como obtenerlas. Licencias urbanísticas: obra y reformas en viviendas
En la mayoría de los casos, es preciso obtener con antelación una licencia urbanística o permiso concedido por el Ayuntamiento para:
* Realizar obra, reformas, construcciones u otras actuaciones en una vivienda, edificio de viviendas o solar.
* Cambiar de uso un edificio, siempre que el uso sea para viviendas.
No se requiere este permiso para pintar, cambiar solados, alicatar o sustituir instalaciones de saneamiento, agua, electricidad o calefacción en viviendas, siempre que el edificio no esté protegido.
Para obtener estas licencias
* Consulte el tipo de procedimiento que debe seguir, en función de la obra que pretende realizar.
* Puede informarse de si precisa licencia, de la documentación necesaria y de los pasos para la tramitación, concertando una cita previa con el informador urbanístico en las Oficinas de Atención al Ciudadano de los Distritos o en la Unidad de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda.
* Cómo realizar el trámite
Presencialmente en: Oficina de Registro del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda , en las Oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, de otras administraciones públicas y en las oficinas de correos (consulte Oficinas de Registro del Ayuntamiento).
* Datos de pago
Es necesario pagar una Tasa por prestación de servicios urbanísticos.
Si desea obtener licencias de actividad, los pasos para la tramitación son distintos
* Fundamento Legal
o Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU). Acuerdo Pleno de 23 diciembre 2004. BOCM núm. 5 de 7 enero 2005
o Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos.
* Órgano gestor
Distritos del Ayuntamiento o Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, en función de sus competencias